Abad Abogados tiene una exitosa trayectoria en la impugnación de Actos Administrativos Tributarios emanados de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, así como de los Organismos Tributarios de las Comunidades Autónomas, debido al rigor del estudio pormenorizado que realiza en cada caso que se le encomienda, y su experiencia en el procedimiento tributario.

Si desea interponer un Recurso o Reclamación contra un Acto Administrativo Tributario (por ejemplo, la liquidación derivada de un Acta de Inspección) contacte con nosotros sin compromiso al objeto de recibir un presupuesto detallado, le realizaremos una propuesta de acuerdo con sus necesidades, sin letra pequeña, e incluyendo todos los gastos previsibles que se puedan derivar del procedimiento que se interponga.

Es recomendable que, tan pronto como sea previsible, contacte con nosotros porque en el procedimiento de gestión tributaria, procedimiento de recaudación tributaria, o procedimiento de inspección tributaria, un profundo conocimiento y una acertada estrategia pueden allanar en gran medida a la victoria en su Reclamación o Recurso posterior.

Dado que nuestros objetivos son comunes, es lógico que compartamos también el éxito o el fracaso de nuestros recursos.

Preguntas frecuentes

En principio no. La interposición de un Recurso contra una sanción abre un nuevo procedimiento y en el caso de ser recurrida en período voluntario, se suspende automáticamente la ejecución sin necesidad de aportar garantías. No obstante, finalizada la impugnación en vía administrativa (es decir, hasta la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo o Tribunal Económico Central), si desea interponer Recurso en la jurisdicción Contencioso-Administrativa, deberá pagar o avalar la sanción, y si pierde abonar los intereses de demora que correspondan.